El 21 y el 22 de diciembre de 1977, en las playas de Santa Teresita, La Lucila y Las Toninas, en la provincia de Buenos Aires, aparecieron cinco cuerpos muertos. No eran los primeros, a inicios de 1977 habían ocurrido por lo menos cuatro hallazgos.
De acuerdo a la reconstrucción que hizo Fabián Domínguez entrevistando a los lugareños, cuando eso sucedía los destacamentos policiales pedían la colaboración de los Bomberos quienes recogían los cuerpos y los trasladaban a la morgue, donde se realizaban autopsias: “los Bomberos no realizaban las operaciones en la oscuridad, sino que lo hacían de día, con una camioneta identificada de manera clara, y […] al llegar al lugar siempre había policías esperando” (Domínguez, 2017).
Cuarenta años después muchos hombres que habían sido bomberos voluntarios a fines de los años setenta en esas localidades declararon en un proceso judicial. Recordaron la rutina de la recolección de los cuerpos en la playa, que se iniciaba con una sirena que los convocaba, y el traslado a la morgue del hospital de Santa Teresita. Muchos eran adolescentes en el momento de los hechos, y rememoraron el impacto que les producía recoger los cuerpos en descomposición que devolvía el mar. “Era una confusión en todo el pueblo, todos hablaban de eso”, dijo uno de ellos1.
A los cadáveres que se recogían de las playas –que no podemos saber si fueron todos los aparecidos, o solo una parte– se les practicaban autopsias. A fines de diciembre de 1977, los procedimientos médico legales asentaron que el grupo encontrado estaba compuesto por cuatro mujeres y un varón; el tiempo demostraría que esa suposición no era del todo correcta. Las autopsias atribuyeron la muerte al “choque violento desde altura sobre superficie dura”2 o a “fracturas múltiples”3.

Trece días antes de esta aparición, en la ciudad de Buenos Aires uno de los tantos secuestros que las Fuerzas Armadas y de seguridad realizaban cotidianamente había alcanzado una repercusión distinta. Entre el 8 y el 10 de diciembre un grupo de tareas de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) detuvo a doce hombres y mujeres que se reunían en torno a la Iglesia de la Santa Cruz, para reclamar por los asesinados y desaparecidos. Entre los secuestrados, había tres madres de Plaza de Mayo –Azucena Villaflor de Vincenti, María Ponce de Bianco y Esther Ballestrino de Careaga– y dos religiosas francesas –Alice Domon y Léonie Duquet. Hubo una gran repercusión internacional.
Al enterarse de la aparición de varios cuerpos, integrantes del movimiento de derechos humanos decidieron investigar por sí mismos. En febrero de 1978, Emilio Mignone –padre de una desaparecida y miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos– y Angélica Sosa y Nora Cortiñas –madres de Plaza de Mayo– recorrieron las localidades costeras buscando información. Mignone redactó un informe que envió a la Embajada de Estados Unidos y ésta, al Departamento de Estado en marzo de ese año:
Los vecinos de las zonas costeras mencionadas declaran que los cuerpos son arrastrados a la orilla cuando hay viento del sur. Están convencidos de que han sido arrojados al mar por aviones de la Marina de bases cercanas que ven volar sobre el área con frecuencia. Algunos vecinos afirmaron haber visto bultos caer de las aeronaves4.
En el informe, Mignone atribuyó a este mecanismo el fenómeno de la desaparición de personas. A pesar de los cables que habían circulado sobre el asunto desde 1976 en la burocracia de las relaciones exteriores estadounidenses, la Embajada afirmó que no consideraba creíble tales afirmaciones. Reseñó que “en los últimos dos años oficiales de la Embajada escucharon rumores de que aviones militares fueron usados para arrojar al mar los cuerpos de terroristas. De acuerdo a algunos reportes los aviones parten del aeródromo de Campo de Mayo […] Sin embargo, no podemos aceptar las declaraciones de Mignone”. Según el cable esto no era posible porque la Embajada no contaba con otras fuentes que lo confirmaran5.
A fin de ese mismo mes, el 30 de marzo de 1978, otro cable titulado “Informe sobre muerte de monjas” relató que tenían información “obtenida de una fuente del gobierno (protegida) que siete cuerpos fueron descubiertos algunas semanas atrás en las playas del Atlántico cercanas a Mar del Plata. De acuerdo con esta fuente, los cuerpos pertenecen a las dos monjas francesas y a cinco madres quienes desaparecieron entre el 8 y el 10 de diciembre de 1977”6. Esta versión, también fue difundida por los medios gráficos de circulación nacional.

El 6 de abril, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos envió una carta a la Junta Militar que mencionaba el secuestro del grupo de la Santa Cruz y agregaba la aparición de dos cuerpos en febrero de 1978.

A fines de 1978, la Embajada en Argentina le solicitó a su par en España el envío de una copia de otro artículo publicado en la revista Cambio 16 que hacía referencia al secuestro de las religiosas francesas y al “uso de las instalaciones de la Escuela de Mecánica de la Armada para la detención clandestina y el interrogatorio de subversivos”7.
Los documentos del Departamento de Estado de Estados Unidos fueron desclasificados y abiertos para la consulta pública a partir de 2001, en diversas etapas, a pedido de las organizaciones de derechos humanos. En ese momento fue posible tanto conocer los datos que habían recopilado las agencias estadounidenses y la valoración que hicieron en el momento como recuperar una parte de los rastros que había dejado la circulación de la información contemporánea a los hechos. En 1978 tanto la ESMA –dependiente de la Armada– como la guarnición militar de Campo de Mayo –dependiente del Ejército– aparecían vinculadas con la práctica de arrojar a los detenidos-desaparecidos al agua.


Otros registros se encuentran en las causas judiciales que los activistas de derechos humanos iniciaron en aquellos días. En diciembre de 1978, Mignone y Cortiñas volvieron a la costa. A mediados de diciembre había ocurrido la que hasta hoy es la aparición más grande de cuerpos registrada en las playas: las informaciones de la época daban cuenta de dieciséis cadáveres encontrados en una franja que comenzaba en las mismas localidades de hallazgos anteriores y llegaba hasta Villa Gesell, aproximadamente 100 kilómetros más al sur.
El 5 de enero de 1979, Cortiñas presentó una denuncia en el juzgado de Dolores. En el texto reseñó que las Madres habían realizado su propia investigación, conversando con los habitantes de Santa Teresita y recopilado datos y percepciones:
Tenemos sobrados motivos para pensar que entre estas víctimas pueden estar nuestros hijos o los de varios miles de padres cuyos nombres y datos poseemos. Constituye un elemental deber de humanidad, justicia y honestidad, llevar adelante la investigación, cualesquiera fuesen sus consecuencias y exhumar los cadáveres para permitirnos hacerlos examinar y contribuir a su identificación. Se trata, evidentemente, de asesinatos en masa, cometidos con toda impunidad y por elementos que dispusieron de barcos o aviones como para arrojarlos al mar, hecho que, por otra parte, se comenta habitualmente en la zona de las playas8.
La denuncia de Cortiñas no produjo ninguna acción significativa del Poder Judicial de la época: el juzgado autorizó a las mujeres a ver los cuerpos pero no las notificó (Guembe, 2024). De algunos de los cuerpos se habían tomado huellas dactilares, pero en ese momento no se hicieron diligencias para cotejarlas.
Lxs integrantes del movimiento de derechos humanos estaban convencidos en base a la información que habían recolectado y sistematizado de que los cuerpos encontrados en las costas pertenecían a detenidos-desaparecidos.
En septiembre de 1979 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH) realizó una visita in loco a Argentina en la que recibió más de 5800 denuncias, recorrió cementerios, visitó cárceles y mantuvo audiencias con autoridades militares, dirigentes gremiales y empresariales, entre otros (CELS, 2019). En su Informe, publicado en abril de 1980, reseñó sus averiguaciones sobre los enterramientos de personas sin identificar9. Nada dijo sobre los rumores de que uno de los destinos que el sistema represivo daba a las y los detenidos era arrojarlos al mar desde aviones. Muchos años después, en 2017, la CIDH entregó a las autoridades argentinas una colección de documentos fechados en 1979 y archivados en su sede en Washington. En ellos es posible ver que la División de Inteligencia e Investigaciones de la Prefectura Nacional Naval uruguaya consideraba que los cadáveres provenían de la Argentina.
En 1982, Mignone –por entonces al frente del Centro de Estudios Legales y Sociales– se enfocó en el cementerio municipal de la localidad de General Lavalle, en donde las autoridades judiciales habían decidido inhumar a una parte de las personas encontradas en las playas. En ese momento, aún durante el gobierno de facto pero ya en su momento de declive, habían comenzado a activarse investigaciones judiciales sobre lo sucedido en los cementerios y en la Morgue Judicial. El desgaste del poder militar se puede rastrear en la cobertura que la cuestión de las “tumbas anónimas” tuvo en la prensa del momento.
Un informe de la Dirección General de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires (DIPBA) de noviembre de 1982 se refirió al activismo que buscaba dilucidar los hallazgos en las costas. Ante la información de que una comitiva visitaría el cementerio de Lavalle, dió cuenta de las acciones realizadas: una conversación con el intendente, “la compulsa del libro de inhumaciones” del cementerio, la búsqueda de los certificados de defunción. Las indagaciones encontraron que al menos una parte de los cuerpos habían sido ingresados al circuito legal y había, por lo tanto, documentación: certificados de defunción que describían causas de muerte como “fractura de cráneo o traumatismo” y licencias de inhumación. Razonó el funcionario que escribió el informe que frente a este diagnóstico la policía debería haber abierto una investigación, cosa que no había sucedido. Propuso entonces:
rehacer todos [los certificados de defunción], haciendo figurar que se ignora la causa de muerte […] En lo que se refiere a las licencias de inhumación, el Intendente no tiene problemas, según expresó, en hacerlas desaparecer, ya que de todos modos, están registrados en el libro, y así se eliminaría la muerte violenta, y pasarían a ser simplemente cadáveres que aparecieron en la playa. […] En aquella época aparecieron más cadáveres, pero con muy buen tino, la Prefectura los enterró en los médanos, y nada se sabe de ellos10.
Este documento de inteligencia registró algunas cuestiones relevantes. En primer lugar, que el activismo de quienes buscaban a los desaparecidos generaba movimientos dentro de las estructuras que integraban el mecanismo de desaparición. Exhibe también que un año antes de que finalizara la dictadura se estaba diluyendo la percepción de impunidad absoluta y, por lo tanto, las acciones de encubrimiento debían realizarse con mayor precisión. Ya no alcanzaba con anonimizar los cuerpos, había que reducir la cantidad y calidad de los vestigios burocráticos. Finalmente, el documento registra una información que circulaba en los pueblos costeros sobre enterramientos en la arena de las playas de cuerpos aparecidos. Hasta el momento, esto no ha sido corroborado.
La denuncia de Nora Cortiñas y las pistas contenidas en los expedientes judiciales abiertos por los hallazgos en la costa bonaerense dieron origen, en 2011, a una nueva causa. En esa ocasión se investigaba la responsabilidad de los funcionarios que tenían la obligación de indagar aquellos hechos. El juicio oral, que busca establecer el grado de participación del juez, el médico policial, un empleado municipal y varios policías en el encubrimiento, aguarda desde marzo de 2024 la fijación de fecha para la audiencia11.
*Nora Cortiñas, causa 39675/79.
- Causa 61008190/2011, Asoc Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y otros s/ denuncia, Juzgado Federal de Dolores, prov. de Buenos Aires. ↩︎
- Causa 44216/78, NN s/ víctima de homicidio en Santa Teresita (Grl. Lavalle)”, Juzgado en lo Penal N° 2, prov. de Buenos Aires. ↩︎
- Causa 44180/78, NN femenino s/víctima de homicidio en San Bernardo (Grl. Lavalle), del Juzgado en lo Penal N° 1, prov. de Buenos Aires. ↩︎
- U.S. Department of State. Doc No. 1978BUENOS01919, Argentina Declassification Project, traducción propia. ↩︎
- Ídem. ↩︎
- U.S. Department of State Case No. 0-2016-16244 Doc No. C06281198. Desclasificación 5/07/2018, traducción propia. ↩︎
- U.S. Department of State. Doc No. 1978BUENOS09823, Argentina Declassification Project, traducción propia. ↩︎
- Causa 39675/79, Morales de Cortiñas, Nora s/ su denuncia, Juzgado en lo Penal N° 2, prov. de Buenos Aires. ↩︎
- CIDH, OEA/Ser.L/V/II.49 doc.19 11/04/1980. ↩︎
- DIPBA, Mesa “DS” Varios Legajo N° 21036, causa 61008190 /2011. ↩︎
- Bertoia, L. “Elevan a juicio al juez que encubría los vuelos de la muerte”. Página12, 16/12/2024. ↩︎
